Reforma pensional Colombia 2026: qué cambió, qué sigue vigente y cómo te afecta
La reforma pensional en Colombia 2026 explicada simple: Ley 2381 de 2024, los 4 pilares, qué está vigente y qué no, la suspensión de la Corte Constitucional, ventana de traslado cerrada, semanas para mujeres, y cómo te afecta según tu perfil. La guía definitiva para entender el sistema.
La reforma pensional en Colombia es probablemente el tema legal más confuso de los últimos años. La Ley 2381 de 2024 fue firmada con bombo y platillo, pero la Corte Constitucional la suspendió provisionalmente en junio de 2025, y a agosto de 2026 sigue sin fallo definitivo. Mientras tanto, el sistema pensional colombiano sigue funcionando como antes, con la Ley 100 de 1993 como norma vigente. Esta guía te explica exactamente qué pasó, qué sigue vigente, qué no, y cómo te afecta según tu perfil (asalariado, independiente, mujer, hombre, ya pensionado, por pensionarte).
Respuesta rápida: La Ley 2381 de 2024 (reforma pensional) está SUSPENDIDA por la Corte Constitucional desde junio de 2025. Solo 2 artículos siguen vigentes (el 12 que crea las ACAI, y el 76 que abrió la ventana de traslado ya cerrada el 16 de julio de 2026). El sistema pensional colombiano sigue funcionando bajo la Ley 100 de 1993 con un cambio importante: la Sentencia C-054 de 2024 reduce las semanas mínimas para mujeres (1.250 en Colpensiones en 2026, bajando a 1.000 en 2036).
¿Qué encontrarás en esta guía?
- El estado actual de la reforma en 2026 (suspendida)
- Historia cronológica: de la sanción a la suspensión
- Los 4 pilares del nuevo sistema (explicados uno por uno)
- Qué sigue vigente de la Ley 100 de 1993
- Qué cambios sí están aplicando (semanas para mujeres, ventana de traslado cerrada)
- Cómo te afecta según tu perfil
- Qué pasa con las personas ya pensionadas
- El futuro: ¿cuándo se sabrá si la reforma entra en vigencia?
- 12 preguntas frecuentes con respuestas detalladas
El estado actual de la reforma pensional (agosto 2026)
Para que no quede ninguna duda, empecemos por el estado actual de cada parte de la reforma:
| Componente | Estado a agosto 2026 | Qué significa para ti |
|---|---|---|
| Ley 2381 de 2024 (reforma general) | SUSPENDIDA provisionalmente por la Corte Constitucional | No aplica todavía. Espera el fallo definitivo |
| Artículo 12 (creación ACAI) | Vigente | Las nuevas administradoras de ahorro individual ya existen legalmente |
| Artículo 76 (ventana de traslado excepcional) | Vigente pero CERRADO | La ventana cerró el 16 de julio de 2026. Ya no se puede usar |
| Pilar Solidario | No implementado | El programa Colombia Mayor sigue vigente |
| Pilar Semicontributivo | No implementado | Sin aplicación práctica todavía |
| Pilar Contributivo (con 2,3 SMMLV) | No implementado | No aplica el reparto entre Colpensiones y ACAI |
| Ley 100 de 1993 | Vigente | Rige el sistema actual con ajustes |
| Sentencia C-054 de 2024 | Vigente | Reduce semanas para mujeres (1.250 en 2026, bajando a 1.000 en 2036) |
| Ley 797 de 2003 | Vigente | Ajustes técnicos a la Ley 100 |
En una frase: la reforma pensional NO está vigente en su totalidad. El sistema pensional colombiano sigue funcionando como antes, con la única excepción del calendario de reducción de semanas para mujeres.
Historia cronológica: cómo llegamos aquí
La reforma pensional tiene una historia reciente con varios giros importantes. Entender el contexto ayuda a saber dónde estamos parados:
2024 — Ley 2381 de 2024
En julio de 2024, el gobierno de Gustavo Petro sanciona la Ley 2381, llamada “reforma pensional”. La ley fue el resultado de un acuerdo político entre el gobierno y partidos de oposición para aprobar una reforma que llevaba más de una década discutiéndose en el Congreso. La ley planteaba reemplazar el actual sistema dual (Colpensiones compitiendo con fondos privados) por un modelo de cuatro pilares con umbral de 2,3 salarios mínimos.
Julio 2024 a junio 2025 — Implementación gradual
Durante casi un año, la reforma empezó su proceso de implementación. Se crearon las ACAI (Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual), se reglamentó la ventana de traslado excepcional (artículo 76), y se avanzó en la preparación del sistema para los nuevos pilares.
Junio 2025 — Suspensión de la Corte Constitucional
En junio de 2025, la Corte Constitucional, en respuesta a una demanda ciudadana, suspendió provisionalmente la entrada en vigencia plena de la Ley 2381, argumentando posibles vicios de procedimiento en su aprobación y de fondo en su contenido. La suspensión fue por un período inicial de varios meses, mientras se resolvía el estudio de constitucionalidad. Solo dos artículos quedaron produciendo efectos: el 12 (creación ACAI) y el 76 (ventana de traslado).
Julio 2025 a julio 2026 — Período de incertidumbre
Durante este año, la Corte siguió estudiando el caso. Mientras tanto:
- El sistema pensional siguió funcionando bajo la Ley 100 de 1993 sin cambios
- La ventana de traslado excepcional (art. 76) estuvo abierta y cerró el 16 de julio de 2026
- La Sentencia C-054 de 2024 empezó a aplicarse desde enero de 2026 (semanas para mujeres)
Julio 2026 — Cierre de la ventana de traslado
El 16 de julio de 2026 cerró definitivamente la ventana de traslado excepcional del artículo 76. Quienes cumplieran los requisitos (mujeres con 47+ años y 750 semanas cotizadas al 30 de junio de 2025, u hombres con 52+ años y 900 semanas a esa fecha) y no hubieran hecho el traslado, ya no pueden usar esa vía.
A agosto 2026 — Esperando fallo definitivo
La Corte Constitucional aún no ha emitido el fallo definitivo. Se estima que podría llegar entre finales de 2026 y 2027. Mientras tanto, el sistema sigue operando como antes.
Dato importante: este es el caso más extraño en la historia de las reformas sociales en Colombia. Una reforma de este calibre lleva más de un año suspendida sin fallo definitivo, generando enorme incertidumbre para millones de colombianos.
Los 4 pilares del nuevo sistema (explicación completa)
Aunque la reforma esté suspendida, vale la pena entender qué proponía, porque si la Corte la declara constitucional en el futuro, estos 4 pilares serán la base del nuevo sistema. Además, las ACAI (creadas por el artículo 12 vigente) eventualmente operarán.
Pilar 1 — Solidario
¿A quién aplica? Adultos mayores en pobreza o vulnerabilidad que nunca pudieron cotizar.
Requisitos:
- Hombres mayores de 65 años
- Mujeres mayores de 60 años
- Sin pensión
- Clasificados en Sisbén A o B (pobreza extrema o pobreza)
Beneficio: una renta básica mensual equivalente a la línea de pobreza extrema (aproximadamente $230.000 COP en 2026, ajustable anualmente).
Financiación: presupuesto nacional, aportes de los otros pilares.
Estado actual: el programa preexistente Colombia Mayor sigue funcionando con reglas similares, pero con un monto diferente y requisitos propios. Si la reforma entra en vigencia, Colombia Mayor se transformaría en el Pilar Solidario.
Pilar 2 — Semicontributivo
¿A quién aplica? Personas que cotizaron parte de su vida laboral pero no alcanzaron las semanas mínimas para pensión de vejez.
Requisitos:
- Hombres desde 65 años, mujeres desde 60 años
- Haber cotizado entre 300 y menos de 1.000 semanas
- No tener pensión vigente
Beneficio: una renta vitalicia calculada sobre lo ahorrado en Colpensiones y fondos privados, con un subsidio adicional:
- 20% sobre el saldo para hombres
- 30% sobre el saldo para mujeres
- Si el beneficiario también califica para el Pilar Solidario, se suman los beneficios
Estado actual: no implementado. Las personas que hoy no alcanzan las 1.000 semanas pueden recibir la indemnización sustitutiva (un pago único) o seguir cotizando.
Pilar 3 — Contributivo (el corazón de la reforma)
¿A quién aplica? Todos los trabajadores afiliados al sistema (asalariados, independientes, servidores públicos).
Mecánica:
- Los primeros 2,3 salarios mínimos del ingreso van obligatoriamente a Colpensiones (régimen de prima media)
- El excedente (lo que supere 2,3 SMLMV) va a una ACAI administradora de ahorro individual
- Para 2026, 2,3 SMLMV equivale a aproximadamente $2.990.000
Pensión final: al jubilarte, recibes una sola pensión que suma lo generado en Colpensiones (renta vitalicia) más lo acumulado en tu ACAI (renta vitalicia o retiro programado).
Estado actual: NO implementado. Los aportes siguen yendo 100% a Colpensiones o 100% a fondo privado, según la elección del trabajador.
Pilar 4 — Ahorro Voluntario
¿A quién aplica? Todos, como complemento opcional.
Mecánica: cualquier persona puede hacer aportes voluntarios adicionales a su ahorro pensional, con beneficios tributarios (similares a las actuales cuentas AFC).
Estado actual: las cuentas AFC y los aportes voluntarios a pensiones ya existen y funcionan con reglas similares. La reforma los mantendría y profundizaría.
Dato clave: aunque la reforma esté suspendida, los primeros 2 pilares (Solidario y Semicontributivo) tienen programas preexistentes equivalentes (Colombia Mayor e indemnización sustitutiva). Los pilares 3 y 4 son los verdaderamente nuevos.
¿Qué cambia con la reforma vs. el sistema actual?
Si la reforma entra en vigencia plena, los principales cambios respecto al sistema actual serían:
| Aspecto | Sistema actual (Ley 100) | Reforma (Ley 2381, si entra en vigencia) |
|---|---|---|
| Quién administra tu ahorro | Colpensiones O fondo privado (tú eliges) | Colpensiones (hasta 2,3 SMLMV) + ACAI (excedente) |
| Edad de pensión | 62 hombres, 57 mujeres | Igual: 62 hombres, 57 mujeres |
| Semanas mínimas (hombres) | 1.300 (Ley 100) | 1.300 (sin cambio para hombres) |
| Semanas mínimas (mujeres) | Reduciéndose a 1.000 por Sentencia C-054/2024 | Reduciéndose a 1.000 (igual que ahora) |
| Tasa de reemplazo (Colpensiones) | 65% con 1.300 semanas, hasta 80% con 1.800 | Igual: 65% con 1.300 semanas, hasta 80% con 1.800 |
| Pensión de sobrevivientes | 50% al cónyuge + 25% por hijos | Similar, con ajustes |
| Pilar Solidario | Colombia Mayor (programa paralelo) | Se integra al sistema como Pilar 0 |
| Traslados entre regímenes | Una vez cada 5 años, restricciones | Más libre, con ACAI automática al excedente |
Dato revelador: si miras la tabla con atención, la reforma cambia cómo se administra tu ahorro (reparto entre Colpensiones y ACAI según ingresos) pero los requisitos de edad, semanas y tasa de reemplazo son prácticamente iguales a los actuales. La gran transformación es de fondo público, no de beneficios individuales.
Lo que SIGUE vigente hoy (agosto 2026)
Aunque la reforma esté suspendida, varias cosas están pasando o siguen activas:
1. Ley 100 de 1993 con ajustes de la Ley 797 de 2003
- Cotización: 16% del IBC (75% lo paga el empleador, 25% el empleado, en asalariados)
- Edad de pensión: 62 años hombres, 57 años mujeres
- Semanas: 1.300 mínimo (hombres); reduciéndose para mujeres por Sentencia C-054
- Mesada: 65% del IBL con 1.300 semanas, hasta 80% con 1.800 semanas
- IBL: promedio de los últimos 10 años cotizados (o toda la vida si cotizas menos)
- Pensión de sobrevivientes: 50% al cónyuge, más 25-35% a hijos
2. Reducción de semanas para mujeres (Sentencia C-054 de 2024)
La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-054 de 2024, declaró inconstitucional mantener 1.300 semanas para mujeres y ordenó una reducción gradual:
En Colpensiones (Régimen de Prima Media):
- 2026: 1.250 semanas
- 2027-2035: reducción de 25 semanas por año
- 2036: 1.000 semanas (definitivo)
En fondos privados (Régimen de Ahorro Individual):
- 2026: 1.135 semanas
- Reducción gradual hasta 2035
- 2035: 1.000 semanas
Para personas que optan por garantía de pensión mínima (en fondos privados):
- 2026: 1.150 semanas (hombres y mujeres en este caso)
Dato clave: este cambio de la Sentencia C-054 está vigente y ya aplica desde enero de 2026, independientemente de la reforma pensional. Es la modificación más importante al sistema pensional en años recientes.
3. Ventana de traslado cerrada
La ventana excepcional de traslado entre regímenes (artículo 76 de la Ley 2381) estuvo abierta del 16 de julio de 2024 al 16 de julio de 2026. Cerró definitivamente en esa fecha. Quienes cumplieran los requisitos y no hicieron el traslado ya no pueden usar esa vía.
4. ACAI creadas legalmente
Aunque el Pilar Contributivo (que repartiría aportes entre Colpensiones y ACAI) no está vigente, las ACAI como entidades fueron legalmente creadas por el artículo 12, que sigue produciendo efectos. Esto significa que las 4 ACAI privadas y 1 ACAI pública (Positiva) ya están constituidas y listas para operar cuando se defina el futuro de la reforma.
Cómo te afecta según tu perfil
La reforma te afecta de manera diferente según tu situación. Aquí los casos más comunes:
Si ya estás pensionado
No te afecta en nada. Tu mesada, tus beneficiarios de pensión de sobrevivientes, y todos tus derechos adquiridos se mantienen exactamente iguales. La reforma solo aplicaría a pensiones que se reconozcan después de su entrada en vigencia plena.
Si estás afiliado a Colpensiones y todavía no te has pensionado
Mientras la reforma esté suspendida, sigues bajo las reglas de la Ley 100: 62 años (hombres) o 57 años (mujeres), 1.300 semanas (o 1.250 si eres mujer en 2026). Si la reforma entra en vigencia plena en el futuro, tus cotizaciones ya hechas a Colpensiones se respetan; los nuevos afiliados serían los que entrarían al nuevo sistema, pero los actuales probablemente conservarían su régimen.
Si estás en un fondo privado
Similar al caso anterior. Mientras la reforma esté suspendida, sigues bajo las reglas de la Ley 100. Tu fondo administra tu cuenta individual, y tu pensión futura depende del capital acumulado más los rendimientos. Si la reforma entra en vigencia plena, tus aportes actuales se respetarían, pero el excedente sobre 2,3 SMLMV iría a una ACAI.
Si eres mujer menor de 50 años y no cotizas
Este es el cambio más importante para ti. Desde enero de 2026, las semanas mínimas para mujeres se están reduciendo gradualmente. Si empiezas a cotizar ahora, en 2036 solo necesitarás 1.000 semanas (en lugar de 1.300). Eso son 6 años menos de cotización. Si la reforma entra en vigencia plena, el sistema será aún más favorable.
Si eres independiente
Mientras la reforma esté suspendida, sigues asumiendo el 100% de tu cotización (16% del IBC). Tu IBC mínimo es el 40% de tus ingresos brutos (salvo que cotices sobre el mínimo, que es 1 SMLMV). Si la reforma entra en vigencia plena, la distribución entre Colpensiones y ACAI aplicaría igual para independientes según tu nivel de ingresos.
Si tienes 50+ años y estás por pensionarte
Estás en la zona gris: tu decisión de Colpensiones o fondo privado es definitiva (no puedes trasladarte), y la reforma no te va a cambiar nada significativo. Concéntrate en optimizar tu mesada, no en la reforma.
El futuro: ¿cuándo se sabrá si la reforma entra en vigencia?
No hay fecha confirmada. La Corte Constitucional sigue revisando la demanda contra la Ley 2381 de 2024, y los demandantes han argumentado:
- Vicios de procedimiento: la reforma habría sido aprobada con irregularidades en el trámite legislativo
- Vicios de fondo: ciertos artículos podrían ser inconstitucionales (por ejemplo, el reparto de aportes entre Colpensiones y ACAI)
La Corte podría:
- Declarar la reforma constitucional: en ese caso, los pilares se implementan progresivamente
- Declarar la reforma inconstitucional: la reforma muere y el sistema sigue con la Ley 100
- Declarar la inconstitucionalidad de artículos específicos: los pilares podrían entrar parcialmente
Se estima que el fallo definitivo podría llegar entre finales de 2026 y 2027, aunque no hay confirmación oficial. Hasta entonces, sigue la incertidumbre.
Recomendación práctica: cualquier decisión pensional importante (traslado, planificación de ahorro, decisiones de jubilación) que tomes ahora debe basarse en el sistema actual (Ley 100 + Sentencia C-054/2024), porque la reforma podría no entrar nunca en vigencia. Tener un plan B es indispensable.
Una nota sobre responsabilidad
Esta guía está basada en la información oficial disponible al 15 de agosto de 2026. La situación de la reforma pensional es fluida y puede cambiar con el fallo de la Corte Constitucional o con nuevas decisiones del gobierno o del Congreso.
Disclaimer importante: la información aquí presentada es de carácter informativo y no constituye asesoría legal ni financiera. Si estás por tomar decisiones importantes sobre tu pensión (traslado, solicitud de pensión, planificación de jubilación), consulta con un asesor financiero certificado o con un abogado especializado en seguridad social. Las decisiones pensionales tienen efectos a muy largo plazo que requieren análisis personalizado.
Para conocer cuántas semanas necesitas para pensionarte en 2026, consulta la guía de semanas cotizadas. Para entender la diferencia entre Colpensiones y fondo privado, revisa la guía comparativa. Para saber cómo se calcula la mesada, consulta la guía de cálculo de mesada pensional.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasó con la reforma pensional en Colombia 2026?
La Ley 2381 de 2024 (reforma pensional) fue firmada en julio de 2024 por el gobierno de Gustavo Petro, pero la Corte Constitucional la suspendió provisionalmente desde junio de 2025. A agosto de 2026, solo dos artículos siguen vigentes: el 12 (que crea las ACAI, las nuevas administradoras de ahorro individual) y el 76 (que abrió la ventana de traslado entre regímenes hasta el 16 de julio de 2026, ya cerrada). El resto de la reforma (los 4 pilares, el umbral de 2,3 salarios mínimos, el cambio en la edad de las mujeres) sigue esperando el fallo definitivo de la Corte. Mientras tanto, el sistema pensional colombiano sigue funcionando bajo la Ley 100 de 1993 con los ajustes de la Ley 797 de 2003 y la Sentencia C-054 de 2024.
¿La reforma pensional ya está vigente en Colombia?
No, la reforma pensional (Ley 2381 de 2024) NO está vigente en su totalidad a agosto de 2026. La Corte Constitucional la suspendió provisionalmente en junio de 2025, mientras resuelve una demanda sobre su constitucionalidad. Solo dos artículos siguen produciendo efectos: el 12 (creación de las ACAI) y el 76 (ventana de traslado excepcional, que cerró el 16 de julio de 2026). Para que la reforma entre en vigencia plena, la Corte debe emitir un fallo definitivo que la declare constitucional. Se estima que ese fallo podría llegar entre finales de 2026 y 2027, aunque no hay fecha confirmada.
¿Cuáles son los 4 pilares de la reforma pensional?
Los 4 pilares del sistema pensional que propone la reforma son: 1) Pilar Solidario: renta mensual de unos $230.000 para adultos mayores en pobreza extrema o vulnerabilidad, sin necesidad de haber cotizado (hombres desde 65 años, mujeres desde 60 años). 2) Pilar Semicontributivo: renta vitalicia para quienes cotizaron entre 300 y menos de 1.000 semanas, con subsidio estatal del 20% (hombres) o 30% (mujeres). 3) Pilar Contributivo: el corazón de la reforma, donde los primeros 2,3 salarios mínimos van a Colpensiones y el excedente va a los nuevos fondos ACAI. 4) Pilar de Ahorro Voluntario: complemento opcional con beneficios tributarios, similar a las cuentas AFC.
¿Qué pasa con la Ley 100 de 1993 mientras la reforma está suspendida?
La Ley 100 de 1993 sigue siendo la norma vigente para el sistema pensional colombiano. Esto significa que: 1) La cotización se mantiene en el 16% del Ingreso Base de Cotización (IBC). 2) Colpensiones y los fondos privados (Porvenir, Protección, Colfondos, Old Mutual) siguen compitiendo. 3) Los requisitos de edad y semanas se mantienen según la Ley 100: 62 años hombres, 57 años mujeres, 1.300 semanas mínimas. 4) La mesada se calcula igual: 65% del IBL con 1.300 semanas, hasta 80% con 1.800 semanas. 5) Los pensionados actuales no tienen ningún cambio. La única excepción importante: la Sentencia C-054 de 2024 redujo las semanas mínimas para mujeres a 1.250 en 2026, con una disminución gradual hasta 1.000 en 2036.
¿Cómo me afecta la reforma pensional si ya estoy pensionado?
Si ya estás pensionado, la reforma pensional NO te afecta en nada. Tu mesada, tus beneficiarios de pensión de sobrevivientes, y tus derechos adquiridos se mantienen exactamente iguales. La Ley 2381 de 2024 aplica únicamente para las nuevas pensiones que se empiecen a reconocer después de su entrada en vigencia plena. Como a agosto de 2026 la reforma está suspendida, la situación actual es exactamente la misma: los pensionados actuales siguen recibiendo su mesada según las reglas de la Ley 100 de 1993, sin cambios.
¿Cómo me afecta la reforma pensional si estoy afiliado a Colpensiones?
Si estás afiliado a Colpensiones y todavía no te has pensionado, tu situación actual no cambia mientras la reforma esté suspendida. Sigues bajo las reglas de la Ley 100 de 1993: debes tener 62 años (hombres) o 57 años (mujeres) y 1.300 semanas cotizadas (o 1.250 si eres mujer en 2026, con reducción gradual hasta 1.000 en 2036). Cuando la reforma entre en vigencia plena, tus cotizaciones a Colpensiones no se moverán al nuevo sistema: el cambio aplica solo para los nuevos afiliados. Tus semanas ya cotizadas se respetan y se acumulan para tu futura pensión bajo el régimen actual.
¿Cómo me afecta si estoy en un fondo privado (Porvenir, Protección, etc.)?
Si estás en un fondo privado, tu situación es similar: mientras la reforma esté suspendida, sigues bajo las reglas de la Ley 100. Tu fondo administra tu cuenta individual de ahorro, y tu pensión futura depende del capital acumulado más los rendimientos. Si la reforma entra en vigencia plena en el futuro, tus aportes actuales y los rendimientos se respetarían, pero tus nuevas cotizaciones podrían distribuirse entre Colpensiones y una ACAI (administradora de ahorro individual) según tu nivel de ingresos. Esto último solo aplicaría para nuevas vinculaciones, no para quienes ya están en un fondo privado.
¿Qué pasa con la ventana de traslado a Colpensiones?
La ventana excepcional de traslado entre regímenes (de fondo privado a Colpensiones o viceversa) estuvo abierta desde el 16 de julio de 2024 hasta el 16 de julio de 2026. En esa fecha CERRÓ DEFINITIVAMENTE según el artículo 76 de la Ley 2381. Solo podían acceder a esa ventana las mujeres con 47 años o más y 750 semanas cotizadas al 30 de junio de 2025, o los hombres con 52 años o más y 900 semanas cotizadas a esa misma fecha. Si cumplías con esos requisitos y no alcanzaste a hacer el traslado antes del 16 de julio de 2026, ya no puedes usar esa vía excepcional. Ahora aplica la regla general: solo puedes trasladarte si te faltan más de 10 años para la edad de pensión y llevas al menos 5 años en tu régimen actual.
¿Las mujeres necesitan menos semanas para pensionarse en 2026?
Sí, desde el 1 de enero de 2026 las mujeres necesitan menos semanas para pensionarse, gracias a la Sentencia C-054 de 2024 de la Corte Constitucional. La reducción es gradual: en Colpensiones, el requisito arrancó en 1.250 semanas en 2026 (50 menos que las 1.300 anteriores), y bajará 25 semanas por año hasta llegar a 1.000 en 2036. En fondos privados, el requisito arrancó en 1.135 semanas en 2026. La edad de pensión de las mujeres se mantiene en 57 años. Esta reducción aplica para todas las mujeres, sin importar si cotizan en Colpensiones o en fondo privado. Es independiente de la reforma pensional (Ley 2381) y ya está vigente.
¿Qué son las ACAI?
Las ACAI (Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual) son las nuevas entidades que la reforma pensional creó para administrar la parte del ahorro que excede los 2,3 salarios mínimos. Son el equivalente moderno de los fondos privados actuales (Porvenir, Protección, Colfondos, Old Mutual), pero con reglas actualizadas. A la fecha, hay 4 ACAI privadas y 1 ACAI pública (Positiva Seguros). El artículo 12 de la Ley 2381, que las crea, sigue vigente aunque el resto de la reforma esté suspendida. Las ACAI empezarán a operar plenamente cuando la Corte Constitucional defina la constitucionalidad de la reforma.
¿Qué pasa si la Corte declara inconstitucional la reforma pensional?
Si la Corte Constitucional declara la reforma pensional (Ley 2381 de 2024) inconstitucional, el sistema pensional colombiano seguirá funcionando exactamente como está hoy, basado en la Ley 100 de 1993 con los ajustes de la Ley 797 de 2003 y la Sentencia C-054 de 2024. No habría ningún cambio para los afiliados, pensionados o empleadores. La reforma habría muerto en el intento. Esta es una posibilidad real: la Corte ya suspendió la ley provisionalmente y los demandantes han argumentado vicios de trámite y de fondo. La sentencia definitiva se espera para finales de 2026 o 2027.
¿Cuándo se va a saber si la reforma pensional entra en vigencia?
No hay fecha confirmada. La Corte Constitucional está revisando la demanda contra la Ley 2381 y aún no ha emitido el fallo definitivo. Se estima que el fallo podría llegar entre finales de 2026 y 2027, dependiendo de cómo avancen las audiencias y la complejidad del caso. Hasta que la Corte se pronuncie, la reforma sigue suspendida provisionalmente y el sistema pensional sigue funcionando bajo la Ley 100 de 1993. Cualquier persona o empresa que esté planeando con base en la reforma debería tener un plan B basado en el sistema actual, porque la incertidumbre sigue.